Compromís va presentar aquesta esmena a l'ordenança de les ajudes per al 2n cicle d'infantil. Sempre hem apostat per escoletes municipals però mentre continue el desgovern del PP, el nostre Compromís es millorar tot allò que es presenta als plenaris. la redacció està en castellà perquè l'ordenança s'aprovà sols en una de les dues llengües oficials del nostre municipi. En majúscula està el que nosaltres proposem. les esmenes van encaminades a no discriminar cap concepte de família i al fet que els diners es destinen a ajudes escolars i no es puga comprar altres coses per a la famíla sense relació amb l'educació i les despeses que genera.
ESMENA QUE PRESENTA EL GRUP
MUNICIPAL BLOC-COMPROMÍS A L’ORDENANÇA MUNICIPAL REGULADORA DE L’AJUDA PER A
L’EDUCACIÓ INFANTIL DE 2N CICLE
CAPÍTULO II
Beneficiarios
Artículo 3. Requisitos para poder disfrutar de
esta ayuda
Podrán ser personas beneficiarias en sus respectivos
ámbitos tanto los padres como los
tutores legales y, a estos efectos, deberán reunir los siguientes requisitos:
1º.- El menor deberá
estar matriculado en un centro público o concertado, tanto de Catarroja, como
de otras localidades, en 2º Ciclo de Educación Infantil (1º,2º y 3º infantil).
2º.- Tanto el menor como EL PROGENITOR O
LOS PROGENITORES o, en su caso, tutor/es legal/es, precisarán estar
empadronados y tener su residencia habitual en el municipio de Catarroja con anterioridad al 1 de julio de 2010. El
requisito de empadronamiento se deberá haber mantenido de manera ininterrumpida desde el 1 de julio de 2010 y
se deberá mantener hasta el 15 de junio 2013 fecha en la que caducarán los
bonos.
3º En caso de separación, divorcio o de que los progenitores
no convivan en el mismo domicilio este requisito le será exigible AL
PROGENITOR que tuviese la guarda y custodia según establezca el
correspondiente convenio regulador. En
caso de no aportar convenio regulador vigente u otro documento que justifique
esta circunstancia se entenderá que ambos progenitores comparten la guardia y
custodia del menor y, por tanto, han de cumplir el requisito de
empadronamiento.
CAPÍTULO III
Procedimiento
B.3. Documentación obligatoria a adjuntar.
Las instancias para solicitar esta ayuda municipal
deberán estar debidamente
cumplimentadas, adjuntándose a ellas la documentación siguiente:
- Original para su comprobación del Documento
Nacional de Identidad (D.N.I.) o Número de Identificación de Extranjería
(N.I.E.) del PROGENITOR o tutor/a solicitante. Sólo en caso de no
disponer de los anteriores documentos, se aportarán los pasaportes.
Artículo 5.
Gastos subvencionables.
Son gastos
subvencionables los que cumplan los siguientes requisitos:
Gastos de manutención y equipamiento del menor. No serán gastos objeto de esta subvención AQUELLOS
QUE NO ESTEN RELACIONADOS CON LA DOCENCIA
- Los
gastos deben realizarse hasta el 15 de junio de 2013.
- Los gastos
deberán realizarse en los establecimientos comerciales de Catarroja adheridos a
este programa.
Catarroja, 31 de gener de
2013
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